lunes, 8 de febrero de 2010

La mujer gana espacio en la Constitución

Derechos. Aunque quedaron fuera importantes aspectos y se incluyeron algunos que irritaron a distintas instancias de la sociedad, es de reconocer que con la reformada Carta Magna, el género femenino ha ganado una guerra más en su batalla por lograr la igualdad.


La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Así lo consigna la Constitución que la pasada semana estrenó el país. Como nunca antes, se han establecido derechos que allanan el camino para llegar a la ansiada equidad de género.

La renovada Carta Magna establece la igualdad de condiciones en el área laboral, el campo político, las instancias de dirección y control del Estado y en cuanto a la libertad. Rechaza de manera tácita la violencia en cualquiera de sus formas y la discriminación.

Además, reconoce el trabajo del hogar como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social.

Una valoración a la ligera provoca aplaudir que son muchos logros. Sin embargo, activistas sociales consideran que aún no se puede bajar la guardia.

En ese sentido se expresa la coordinadora general del Centro de Estudio de Género del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (Intec), Lourdes Contreras, que opina que los derechos de las mujeres son objeto de significativas contradicciones en el texto recién promulgado, porque aunque les reconoce su trabajo, también se ignora su derecho a la vida. Contreras se refiere al artículo 37 que defiende la existencia de un feto o embrión.

“El principal derecho que queda trunco es el reconocimiento de sus derechos sexuales y reproductivos en la posibilidad de tomar decisiones frente a su salud reproductiva en caso de verse en riesgo”, argumenta.

Otra novedad es que se distingue la labor que la mujer realiza en el hogar. La presidenta de la Asociación de Amas de Casa, Rosario López, exhorta a que se empodere a la sociedad de ese conjunto de normas y que se creen políticas públicas que den sentido a lo que está escrito, de lo contrario, de poco valdrían tales esfuerzos.

“Aunque hay otros baches por ahí, considero que es importante que se haga énfasis en la familia como fundamento de la sociedad, pero que no se quede en letras, sino que se lleve a la práctica”, sostiene.

La Constitución también consigna que se debe garantizar la participación equilibrada de mujeres y hombres en las contiendas electorales. Una determinación que acrecienta la esperanza de las féminas que se desarrollan en este ámbito.

La diputada Ana Isabel Bonilla advierte que esa disposición de la Carta Magna no armoniza con la actitud de los políticos que pretenden desvirtuar el sentido de la Ley Electoral. Se refiere a un proyecto donde se propone que la cuota del 33 por ciento reservada para la mujer no se tome en cuenta a nivel de demarcación sino nacional.

“Los políticos deben ponerse a tono con lo que dicta la Constitución. Falta mucho todavía para llegar a un real Estado social, democrático y de derecho donde los ciudadanos tengamos las mismas garantías, pero vamos madurando”, expone.

Opiniones

Lourdes Contreras
Defiende la vida

“La defensa de la vida de la mujer se puede resolver si el Código Penal reconoce el aborto terapéutico o en situaciones de violación o incesto”.

Rosario López
Apoya la familia

“Trabajamos para lograr una Secretaría de Estado de la Familia que reúna a las organizaciones que se dedican a la mujer, a la juventud y otros sectores”.

Artículos que aluden a la mujer

Artículo 38. Dignidad humana.
Expresa que el Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona. Establece que la dignidad del ser humano es innata, sagrada e inviolable. Su protección constituye una responsabilidad esencial de los poderes públicos.

Artículo 38. Dignidad humana.
Expresa que el Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona. Establece que la dignidad del ser humano es innata, sagrada e inviolable. Su protección constituye una responsabilidad esencial de los poderes públicos.

Artículo 42. Derecho a la integridad personal.
Condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas. Expresa que el Estado garantizará la adopción de medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

Artículo 55. Derecho a la familia.
El numeral seis se refiere a la maternidad. Indica que sea cual fuere la condición social o el estado civil de la mujer, gozará de la protección de los poderes públicos y genera derecho a la asistencia oficial en caso de desamparo.

Artículo 55. Derechos de la familia.
El numeral 11 reconoce el trabajo del hogar como actividad económica que produce riqueza y bienestar social, por lo que se incorporará en la ejecución de políticas públicas y sociales.

Artículo 62. Derecho al Trabajo. El trabajo es un derecho, un deber y una función Social que se ejerce con la protección y asistencia del Estado. El Estado garantiza la igualdad y equidad de mujeres y hombres en el ejercicio de ese derecho.

Publicado en El Caribe

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